Eros y milicia. Dimisión imprevista del general PETRAEUS como Director de la CIA, consecuencia de una relación extramatrimonial que podría haber puesto en riesgo la seguridad nacional estadounidense. Todavía existen muchas incógnitas sobre el hecho, que incluso salpica al general ALLEN, jefe de las tropas desplegadas en Afganistán, sorprendido de rebote en otra "liaison dangereuse". Las posibles implicaciones de los asuntos de alcoba en el servicio no es algo nuevo ni dejará nunca de serlo.
Si los devaneos de CÉSAR o de NAPOLEÓN. o la relación de NELSON con lady HAMILTON no parece tuvieran influencia decisiva en sus campañas, lo más, y en ocasiones concretas, una ayuda política en los dos primeros, hay otros ejemplos en los que el sexo trasciende del mero "reposo del guerrero". En la caída de BEIGBEDER se cree relevante su noviazgo con una británica, en los primeros compases de la Segunda Guerra Mundial. La destitución de VON FRITSCH se basa en la falsa imputación de una relación homosexual. HEYDRICH es expulsado de la Marina por un lío de faldas. REYNAUD, no militar, refleja en sus decisiones, en hora decisiva para Francia, los amoríos con una aristócrata proalemana.
No son supuestos homogéneos, en sus resultas prima a veces la razón de Estado, en otros el buen régimen de la institución, y, en fin, en algunos la relación perdura incólume, pero con repercusiones de alcance. En nuestro régimen jurídico castrense diferentes previsiones atienden a la cuestión, bien desde un punto de vista general, en orden a la salvaguardia de la obligada discreción en las materias relativas al servício ( artículos 5 y 33 de las Reales Ordenanzas, 21 de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de la Fuerzas Armadas, 7.3 y 34 y 8.10 y 11 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, 53 a 56 y 116 del Código Penal Militar), bien desde el punto de vista de la preservación de los princípios de igualdad y no discriminación, de la libertad sexual y hasta de la dignidad militar ( artículos 6 de la Ley de la Carrera Militar, 4 de la Ley Orgánica de Derechos y Deberes, 8.23 y 24 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario).
El próximo año será el décimo de la Revista Jurídica Militar, que además llegará a su número cien. El esfuerzo y la ilusión de un equipo de personas preocupadas por todo lo que significa el mundo castrense ha tenido continuidad a lo largo de un más que apreciable lapso temporal y, sin pretenciosidad alguna, puede decirse que el proyecto ha consolidado presencia y relevancia en el área concreta a la que va dirigida la publicación e incluso más allá, en modo y manera que quienes lo alentaron tiempo ha no pudieron sospechar. Gracias a todos. Feliz Navidad y que en el dificil 2013 la navegación sea propicia. |