[Revista
Jurídica Militar]
Revista electrónica de Derecho Militar para profesionales
|
TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 20 de Noviembre de 2012, por la que DESESTIMA el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario número 78/11, interpuesto por el Guardia Civil P. contra la resolución del Excmo. Sr. General jefe de la Zona de la Guardia Civil de Castilla y León de fecha 4 de octubre de 2010, que acordó la terminación del expediente disciplinario número FG184/10 imponiéndole la sanción de pérdida de cinco días de haberes con suspensión de funciones, como autor de la falta grave de “Desatender un servicio”, prevista en el apartado 10 del artículo 8 de la LORDGC; y contra la del Sr. Director General de la Policía y de la Guardia Civil de fecha 24 de febrero de 2011, dictada de conformidad con el informe de su asesor jurídico de 3 del mismo mes, por la que, con desestimación en todas sus partes y pretensiones del recurso de alzada interpuesto, se confirmó dicho acuerdo sancionador. | Resumen | Los hechos, en síntesis, fueron los siguientes: Sobre las 03:45 horas del día 23 de Mayo de 2010, el Alférez D. F J, Oficial adjunto de la 1ª Compañía de la Comandancia de Zamora, en compañía del Guardia D. S, sorprendieron a los Guardias Civiles D. P y D. R, dormidos mientras prestaban servicio, en el interior del vehículo oficial, que se encontraba con el motor encendido y las luces apagadas.
Alega el demandante, en su defensa, vulneración del derecho a la defensa, que le ha producido indefensión; quebrantamiento del principio de presunción de inocencia, y ruptura del principio de tipicidad, alegaciones que no son tenidas en cuenta por el Tribunal que, en consecuencia, desestima el recurso y confirma las resoluciones recurridas.
| texto publicado volver | |