[Revista
Jurídica Militar]
Revista electrónica de Derecho Militar para profesionales
|
TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 11 de abril de 2018, por la que DESESTIMA el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario número 36/17, interpuesto por el Guardia Civil X contra la resolución del Sr. Director General de la Guardia Civil de fecha 12 de enero de 2017, que agotó la vía administrativa al desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 11 de octubre de 2016 del Excmo. Sr. General Jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, que impuso al recurrente la sanción de PÉRDIDA DE CINCO DÍAS DE HABERES CON SUSPENSIÓN DE FUNCIONES como autor de una falta grave consistente en la falta de subordinación, prevista y sancionada, respectivamente, en el apartado 5 del artículo 8 y en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil | Resumen | Los hechos, en síntesis, consistieron en lo siguiente: con motivo de la instrucción de expedientes disciplinarios a varios Guardia Civiles del Destacamento de Tráfico de Mérida, comparecieron de paisano a una de las actuaciones, tanto el Guardia X, como algún otro Guardia, por lo que, el Comandante Instructor les advirtió que en sucesivas actuaciones, deberían hacerlo de uniforme, expresando su disconformidad el Guardia X; en una posterior comparecencia, se les ordenó que asistieran de uniforme, a pesar de lo cual, el Guardia X, asistió de paisano.
Alega, en su defensa, vulneración del derecho a la presunción de inocencia; vulneración del derecho de defensa del artículo 24 de la Constitución, por haberse denegado la práctica de una prueba; vulneración del principio de legalidad en su vertiente de tipicidad; cuestiona la legitimidad de la orden del Comandante Pulido García para que el actor asistiera de uniforme a la declaración del Capitán Fernández Carrasco, aduciéndose la merma que en el derecho de defensa supone, al entender de la parte actora, que el Guardia Civil encargado de prestar asesoramiento y asistencia a los encartados en procedimientos disciplinarios se halle subordinado a un Instructor que es, simultáneamente, su superior jerárquico en cuanto Jefe del Sector del Tráfico; cuestiona la legitimidad del mandato que el Comandante Pulido García dio al actor para que asistiera de uniforme a la declaración del Capitán Fernández Carrasco sobre la base de considerar que, si las órdenes son mandatos relativos al servicio, no podía ordenársele que hiciera uso del uniforme en un acto que, al decir de la parte actora, la Administración no considera constituya un acto propio del servicio, y, finalmente, alega la vulneración del derecho a la salud del actor.
Todas las alegaciones tienen cumplida respuesta y son rechazadas por el Tribunal que, en consecuencia, desestima el recurso y confirma las resoluciones recurridas.
| texto publicado volver | |