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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 10 de Junio de 2020, por el que DESESTIMA el Recurso Contencioso-Disciplinario Militar Ordinario nº 154/17, interpuesto por el Cabo 1º de la Guardia Civil X contra la sanción de PÉRDIDA DE DIEZ DÍAS DE HABERES, que como autor de una falta grave del apartado 21 del artículo 8 de la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, le había sido impuesta por el Excmo. Sr. General Jefe de la Zona de la Guardia Civil de Canarias, en escrito de 30 de enero de 2017, y contra la Resolución del Sr. Director General de la Guardia Civil, en escrito de 21 de abril de 2017, por el que se desestimó el Recurso de Alzada interpuesto por el Cabo 1º contra dicha sanción.
| Resumen | Los hechos, en síntesis, consistieron en que, con fecha 29 de julio de 2016 el Cabo 1 º X, emitió un escrito de alegaciones al IPEGUCI (Informe Personal de la Guardia Civil) que había sido realizado, en relación con el mismo, por el Sargento 1º, Jefe del Equipo Territorial de Policía Judicial de los Llanos de Aridane (Isla de la Palma), en el que le atribuía al Sargento 1º determinados comportamientos contrarios a las normas, que se han demostrado falsos.
Alega en su defensa, error en la valoración de prueba, con vulneración del principio de presunción de inocencia; infracción del principio de legalidad en su vertiente de tipicidad, así como el de Proporcionalidad alegaciones que no son tomadas en consideración por el Tribunal que, en definitiva, desestima el recurso, y confirma las resoluciones recurridas.
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