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Jurídica Militar]
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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 7 de octubre de 2021, por la que DESESTIMA el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario número 5/21, interpuesto por el Guardia Civil X contra la resolución de la Excma. Sra. Directora General de la Guardia Civil de 25 de noviembre de 2020, dictada de conformidad con el informe de su asesor jurídico del anterior día 16 de noviembre, por la que, en vía de alzada, se confirmó la del Excmo. Sr. General jefe accidental de la Agrupación de Tráfico de 1 de julio de 2020, que había acordado la terminación del expediente disciplinario número FG523/19 imponiéndole la sanción de pérdida de diez días de haberes con suspensión de funciones, como autor de la falta grave de “la tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o similares, excepto que esa tenencia derive de actuaciones propias del servicio”, prevista en el apartado 28 del artículo 8 de la LORDGC. | Resumen | Los hechos, en síntesis, consistieron en que, el día 8 de julio de 2019, sobre las 20:10 horas, guardias civiles de la Patrulla Fiscal y de Fronteras (PAFIF) de Noia (La Coruña) que prestaban servicio en la localidad de Boiro intervinieron un envoltorio de plástico con 0,175 gramos de cocaína que portaba el Guardia civil X. Éste se hallaba allí libre de servicio.
Alega el demandante en su defensa, ausencia de prueba de cargo; vulneración del derecho a la intimidad consagrado por el artículo 18.1 de la Constitución; vulneración de los principios de legalidad, tipicidad y culpabilidad e indefensión por haber sido denegada la prueba propuesta, alegaciones que no son tomadas en consideración por el Tribunal, que, en consecuencia, desestima el recurso y confirma las resoluciones recurridas.
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