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Jurídica Militar]
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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 28 de junio de 2022, por la que DESESTIMA el Recurso Contencioso Disciplinario Militar Ordinario número 8/22, interpuesto por el Brigada de la Guardia Civil X, contra la resolución de la Directora General de la Guardia Civil de fecha 23 de noviembre de 2021, que agotó la vía administrativa al confirmar en alzada el acuerdo del General Jefe de Asuntos Económicos de 16 de septiembre de 2021, en la que se le impuso la sanción de PÉRDIDA DE DIEZ DÍAS DE HABERES con suspensión de funciones como autor de una falta grave consistente en “la grave desconsideración con los superiores en el ejercicio de sus funciones, o con ocasión de ellas”, prevista y sancionada en los artículos 8, apartado 6, y 11.2 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. | Resumen | Loa hechos, en síntesis, consistieron en que el Brigada realizó, con su móvil, grabaciones no consentidas ni autorizadas como Suboficial Jefe de la Plana Mayor del Servicio de Asistencia Sanitaria, de ciertas conversaciones mantenidas con la Jefe Interina de dicho Servicio, la Teniente Coronel Médico MA, con ocasión del despacho de asuntos ordinarios realizados a diario o habitualmente sobre temas atinentes a la Unidad y al servicio. Con base en tales grabaciones, denunció lo que él entendía como mal funcionamiento del servicio.
Alega el demandante que las resoluciones impugnadas, vulneran el derecho de defensa y el principio de legalidad en su vertiente de tipicidad, considerando ajustadas a derecho las conversaciones grabadas, alegaciones que no son tomadas en consideración por el Tribunal, que, en consecuencia, desestima el recuro y confirma las resoluciones impugnadas.
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