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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 28 de junio de 2022, por la que ESTIMA el Recurso Contencioso-Disciplinario Militar Ordinario 14/22, interpuesto por el Comandante de la Guardia Civil X, contra la sanción de PÉRDIDA DE CINCO DÍAS DE HABERES CON SUSPENSIÓN DE FUNCIONES, que como autor de una falta grave del apartado 33 del artículo 8 de la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, le había sido impuesta por el Excmo. Sr. General Jefe de la Zona de la Guardia Civil de Madrid, en escrito de 14 de septiembre de 2021, y contra la Resolución de la Sra. Directora General de la Guardia Civil, en escrito de 21 de enero de 2022, por la que desestimó el Recurso de Alzada interpuesto por el Oficial contra dicha sanción. | Resumen | Los hechos, en síntesis, fueron los siguientes: el día 5 de junio de 2020, el por entonces, Teniente Coronel Jefe Interino de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid, ordena al Comandante X, con destino en la misma Unidad que el anterior, la instrucción de una Información Reservada con objeto de esclarecer los hechos que dieron lugar a la aparición en algunos medios de comunicación social en la tarde del 1 de junio de 2020, de diferente documentación relacionada con la investigación judicial seguida por la UOPJ de la Comandancia de Madrid sobre el movimiento feminista 8M. El día 22 finaliza la información reservada, de forma distinta a la que, entiende el Teniente Coronel, le había ordenado.
Alega el demandante en su defensa, que se han vulnerado el principio de presunción de inocencia, el principio de tipicidad en su vertiente de legalidad, así como el principio de proporcionalidad.
El Tribunal considerando que se ha vulnerado el principio de legalidad, estima el recurso y, en consecuencia, anula las resoluciones recurridas.
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