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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 27 de octubre de 2022, por la que DESESTIMA el RECURSO CONTENCIOSO DISCIPLINARIO MILITAR ORDINARIO número 12/22 interpuesto por el guardia civil X, contra la resolución de la Excma. Sra. Ministra de Defensa de 9 de diciembre de 2021, que agotó la vía administrativa al confirmar en alzada el acuerdo de la Excma. Sra. Directora General de la Guardia Civil de 14 de junio de 2021, que le impuso la sanción de PÉRDIDA DE QUINCE DÍAS DE HABERES CON SUSPENSIÓN DE FUNCIONES como autor de una falta grave consistente en “la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil” prevista en el apartado 1 “in fine” del artículo 8 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. | Resumen | Los hechos, en síntesis, fueron los siguientes: el día 29 de mayo de 2020, el guardia civil X, con destino en el Puesto Principal de Villena (Alicante), acompañado de A, fueron interceptados por una Patrulla del Cuerpo de Policía Nacional en el barrio de “La Tafalera”, barrio problemático de la localidad de Elda (Alicante) conocido por el consumo y tráfico de estupefacientes, identificándose voluntariamente como Guardia Civil, y manifestando que se había desplazado a dicha zona para adquirir sustancias estupefacientes, señalando a los agentes policiales que era consumidor habitual y que se encontraba bajo el “síndrome de abstinencia”.
Alega el demandante, en su defensa, infracción del principio acusatorio y el derecho del encartado a ser informado de la acusación; infracción del derecho del recurrente a la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 24.1 C.E.; vulneración también del derecho fundamental a la presunción de inocencia, e infracción del principio de legalidad-tipicidad, alegaciones que no son tomadas en consideración por el Tribunal que, en definitiva, desestima el recurso, y confirma las resoluciones recurridas.
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