[Revista
Jurídica Militar]
Revista electrónica de Derecho Militar para profesionales
|
TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 26 de septiembre de 2019, por la que ESTIMA el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario número 56/17, interpuesto por el Guardia Civil X contra la resolución del Director General de la Guardia Civil de fecha 12 de diciembre de 2016, que agotó la vía administrativa al desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 5 de septiembre de 2016 del General Jefe de la 16ª Zona de la Guardia Civil (Canarias), que impuso al recurrente la sanción de PÉRDIDA DE CINCO DÍAS DE HABERES CON SUSPENSIÓN DE FUNCIONES como autor de una falta grave consistente en “la tenencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o similares excepto que esa tenencia se derive de actuaciones propias del servicio”, prevista y sancionada, respectivamente, en los artículos 8.28 y 11.2 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil. | Resumen | Los hechos, en síntesis, consistieron en que, sobre las 12,40 horas del 14 de febrero de 2016, cuando el Guardia Civil X, estando fuera de servicio, viajaba por la carretera RM-333 (km 3,500) por el término municipal de Águilas (Murcia) como pasajero del vehículo con matrícula AL-0000-00, fue interceptado por un control de seguridad ciudadana, portando 5,71 gramos de resina de cannabis.
Alega el demandante la ausencia de tipicidad de la conducta con vulneración del principio de legalidad, la vulneración del principio de presunción de inocencia por ausencia de prueba de cargo suficiente, la vulneración del derecho de defensa por la falta de práctica de una prueba testifical admitida, la vulneración del principio de contradicción y la falta de imparcialidad del Instructor.
El Tribunal considera que se ha vulnerado el principio de legalidad, en su vertiente de tipicidad, por lo que, estima el recurso y anula las resoluciones recurridas.
| texto publicado volver | |