[Revista
Jurídica Militar]
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TRIBUNALES Y JUZGADOS TOGADOS MILITARES TERRITORIALES. Auto del Juzgado Togado Militar Territorial 11 acordando la terminación y archivo sin declaración de responsabilidad penal de las Diligencias Previas incoadas en averiguación de las circunstancias por las que se produjo el accidente de dos helicópteros del Ejército de Tierra español en Afganistán el 16 de agosto de 2005, en el que fallecieron todos los ocupantes de uno de ellos. | Resumen | Por Auto de 17 de junio de 2008, el Juez Togado Militar Territorial nº 11 decretó la terminación y archivo sin declaración de responsabilidad penal de las Diligencias Previas nº 11/081/05 tras una prolija instrucción que se inició tan pronto sucedieron los hechos. Estos, según se recoge en la resolución, ocurrieron de la siguiente manera: el día 16 de agosto de 2005 dos helicópteros AS-532 Cougar del Ejército de Tierra despegaron de la Base española de Herat para realizar un simulacro de asalto y control del aeropuerto de Shindad en el marco del entrenamiento del Batallón español de refuerzo con vistas a las elecciones de Afganistán. A los pocos minutos del despegue y encontrándose a unos 20 kilómetros de la Base, volando a unos 50/60 pies de altura (16/20 metros), el primer helicóptero, al descrestar una pequeña elevación, entró “en pérdida” por la presencia de flujos turbulentos a tan baja cota, chocando el patín y el rotor de cola y el tren de aterrizaje con el terreno, rebotando el aparato, incendiándose e impactando definitivamente 50 metros más adelante, zona a partir de la cual quedaron diseminados los restos quemados de la aeronave y los cadáveres de todos los ocupantes. El segundo aparato, que había perdido de vista al primero al superar aquella elevación, inició una manobra de frenado tan pronto el comandante vio la columna de fuego y humo que provocó el siniestro, por sospechar un ataque de enemigos emboscados. Las mismas circunstancias que provocaron el primer accidente se reprodujeron con el segundo helicóptero: la maniobra de frenado hizo que entrara “en pérdida” y no pudiera sacarlo de la zona de marcados desniveles que sobrevolaba, aunque el piloto consiguió finalmente asentarlo en el terreno, con poco daño para los ocupantes. Se descarta así en la resolución la hipótesis, muy aireada en los medios de comunicación, de un ataque terrorista como causa del siniestro, pues a pesar de las iniciales prevenciones de los ocupantes del segundo helicóptero, la presencia de paisanos en las inmediaciones se justificaba por la cercanía de un poblado, y, además, de las periciales practicadas no resultaba indicio alguno que apuntara en esa dirección. No obstante ello el Auto ha sido recurrido en apelación por dos de las partes personadas en el procedimiento, que valoran la prueba conforme a aquella hipótesis. La Fiscalía Jurídico Militar ha solicitado la desestimación de los recursos presentados, encontrándose actualmente pendientes de resolución por el Tribunal Militar Territorial Primero. | texto publicado volver | |