Concluye el año 2009 con noticias positivas para las Fuerzas Armadas, a pesar de unos presupuestos muy a la baja, merced a la siempre abnegada participación de nuestras tropas en misiones internacionales, a haberse alcanzado una cifra satisfactoria en personal de tropa y marineria y a innovaciones en material muy significativas: incorporación de los vehículos RG-31 al Ejército de Tierra, pruebas de mar del Juan Carlos I, entrega del primer BAM, primer vuelo del A400M... No obstante, la más que justificada inquietud que ha generado la Ley de la Carrera Militar nos ha ofrecido en el último mes el espectáculo insólito de una manifestación de protesta, con decenas, quizá cientos, de pretendidos militares pertrechados de gorrillas y chalecos de vivo color, jaleados además por extrañas compañías.
Al respecto, aún resultando evidentes los defectos de la norma, el hecho que se comenta va más allá de una circunstancia rompedora o novedosa en cuanto escenificación de un rechazo colectivo, aunque fuera limitado en número, ya que sugiere mutaciones de fondo que subvierten el recto sentido de lo castrense. Los perjuicios gremiales, por gravosos que sean, no deben desembocar en actitudes propias de ámbitos ajenos.
Posibles errores, en el mejor caso, u hojas de ruta, en el peor, del legislador, en un proceso de desnaturalización institucional, pueden dar lugar a impugnaciones masivas, como está siendo el caso y no deja de ser lícito, pero también a respuestas como la apuntada. No es una paradoja arriesgar que constituye un fruto lógico de diseños generales desarrollados sin solución de continuidad desde hace años. Estamos pues, ante las dos caras de la misma moneda, en un contexto de desvinculación progresiva de las pautas que sustentan la permanencia histórica. Por muy cuestionable sea una norma o una decisión, no es propio del espíritu militar la algarada vociferante o el seguidismo público de oportunistas o demagogos.
En otro orden de cosas, en el balance anual quedan determinados criterios jurisdiccionales que afectan decisivamente a la institución militar, incluida la Guardia Civil. Para muchas voces autorizadas y legítimamente preocupadas, en el haber, el relativo a la interpretación que ha de darse al artículo 7bis del Código Penal Militar, en el otro lado de la balanza, los que afectan al adiestramiento de la fuerza, en particular de las tropas especiales, o a la aplicabilidad del estado de necesidad a los supuestos de abandono de destino. Todas las resoluciones significativas han sido publicadas en este medio.
Por último, ligado a nuestra advertencia inicial sobre la preocupante disminución presupuestaria en gastos de defensa, recordar lo que recientemente ha señalado el profesor JUAN VELARDE sobre la llamada "renta de posición". Si un pais está en la encrucijada de las grandes corrientes de tráfico comercial y energético, por esa sóla circunstancia se le abren grandes expectativas de prosperidad y desarrollo. Pero cuando los riesgos reales o potenciales no son susceptibles de control y disuasión militares, tarde o temprano la incapacidad incidirá en la renta de posición y, por ende, en la competitividad económica. Que el año que comienza nos sea a todos propicio.
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