Han tachonado 2010 acontecimientos relevantes, con el telón de fondo de un recorte drástico en los presupuestos de defensa. Es difícil que no incida sustancialmente tanto en los programas de renovación material como en los niveles mínimos de reclutamiento de tropa y marinería. Si a ello se aparejan costosos despliegues en escenarios lejanos y los obligados ahorros en mantenimiento, la seguridad nacional pudiera verse comprometida, precisamente cuando afloran problemas e incertidumbres estratégicas de larga traza en nuestra historia.
Otra cuestión de calado es una litigiosidad desbocada al rebufo de la Ley de la Carrera Militar. La explicación ha de rastrearse en un diseño profesional cuando menos perfectible. No se concibe tal nivel impugnativo, con heterogéneos intereses profesionales, si la norma se hubiera acomodado a la esencia y necesidades de la institución militar. Pero esto no surge "ex novo", los sucesivos hitos que culminan en la Ley de 2007, representados por las de 1989 y 1999 o la creación de Cuerpos Comunes en 1988, entre otros, responden a criterios de fondo que probablemente hayan desembocado en un desideratum.
Conocida es la opinión que sostiene que la garantía institucional que fluye del artículo ocho de la Constitución pudiera haber sido empañada, en mayor o menor grado, al socaire de diversas reformas, en principio plenamente justificadas por la necesaria adaptación a un sistema democrático o por la lógica modernización de la estructura y despliegue de las Fuerzas Armadas. Descendiendo a la cuestión concreta que nos ocupa, la escala abierta, configurada en términos radicales, parece que sea expresión de una larvada desconfianza hacia un sector de la función pública que ha dado sobradas muestras de lealtad, profesionalidad y preparación, a pesar de un status jurídico limitativo de derechos y unos comedidos niveles retributivos. Y no hablemos de la afectación a la unidad, al compañerismo y al espíritu de cuerpo.
Ese nivel de litigiosidad de tan significativo alcance podría mover a reflexión sobre las diferencias o interacciones entre legalidad y legitimidad, cuestión abordada desde perspectivas muy dispares en el ámbito de la filosofía jurídica (LEGAZ LACAMBRA, HABERMAS...). No sería propio de estas modestas líneas ni la osadía llega a tanto. Pero quede apuntado en relación, por qué no, con la técnica jurídico-constitucional de la garantía institucional, antes aludida.
Por último, la reciente cumbre de la OTAN en Lisboa, atendida en el lugar correspondiente de la Revista, anuncia aparentes cambios de orientación y perspectiva que pudieran suponer consecuencias importantes para España. Cuanto más se aleje el centro de gravedad, mayor será el desapego a nuestro interés nacional inmediato. Cierto es que existen graves amenazas globales, pero también que estas generan reflejos cercanos. Además, subsisten las de naturaleza específica, en un ámbito de interés quizá exclusivo. En todo caso, se percibe en el haber de la cumbre que el Concepto Estratégico aprobado considera que los valores democráticos (libertad, derechos humanos, imperio de la ley...) "son universales y perpetuos". Sin duda habrá que volver sobre estas cuestiones. Feliz Navidad y un 2011 favorable para todos.