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Jurídica Militar]
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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central ha dictado sentencia el día 30 de enero de 2019, por la que ESTIMA el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario número 27/18, interpuesto por el Sargento 1º de la Guardia Civil X contra la resolución del Director General de la Guardia Civil de fecha 15 de enero de 2018, que agotó la vía administrativa al desestimar el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 25 de octubre de 2017 del Teniente General Jefe del Mando de Operaciones Territoriales de la Guardia Civil, que impuso al recurrente la sanción de PÉRDIDA DE CINCO DÍAS DE HABERES CON SUSPENSIÓN DE FUNCIONES como autor de una falta grave consistente en “la emisión de informes o partes de servicio que no se ajusten a la realidad o la desvirtúen”, prevista y sancionada, respectivamente, en los artículos 8, apartado 9, y 11.2 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de la Guardia Civil. | Resumen |
Los hechos, en síntesis, consistieron en que el Sargento 1º X formuló un parte disciplinario, en el que daba cuenta de que el perro propiedad del Guardia Civil X, corría suelto, sin correa, ni bozal y realizaba deposiciones en la Zona ajardinada exterior del Acuartelamiento, sin que nadie recogiera los excrementos; el Capitán jefe de la Compañía, decidió no iniciar expediente contra el Guardia, y, además, iniciarlo contra el Sargento 1º por entender que este, en su parte, habría vertido aseveraciones no ajustadas a la realidad.
Se alega en el escrito de demanda la falta de tipicidad absoluta de los hechos sancionados, alegación que es tomada en consideración por el Tribunal, que, estima el recurso, y anula las resoluciones recurridas.
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