En tiempos de lemas efectistas y celebraciones beligerantes, no está de más efectuar un somero recordatorio de los principales hitos en la incorporación de la mujer a los ejércitos, como forma de encuadrar una cuestión que, en términos generales, las sociedades democráticas occidentales tenían o tienen encauzada hacía una situación normalizada o cuando menos trasladada a unos márgenes racionales, fruto de la evolución natural de las cosas y de los propios presupuestos y principios constitucionales.
En el Real Decreto-Ley 1/1988, de 22 de febrero, se reguló en España, por vez primera, la incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas. Desde ese momento, la participación femenina no ha hecho más que aumentar, proceso que ha sido metabolizado por la institución con total normalidad. De un 0,1% en 1991 se pasó en 2015 al 12,3% del total de efectivos (25,8% en los Cuerpos Comunes). Los porcentajes son muy similares a los países de nuestro entorno, con una horquilla que va del 15,9% de los EEUU al 4,3% italiano.
En un primer momento las mujeres vieron limitada su participación en unidades tácticas u operativas (Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, que aprobó el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales), tales como operaciones especiales, Legión, paracaidistas, fuerzas de desembarco, buques menores, submarinos…). Esas limitaciones desaparecen con la Ley 17/1999, de 22 de febrero, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas.
De esa forma puede decirse que de la necesidad se hizo virtud, solventando parcialmente un grave problema de efectivos que se produjo en la precipitada transición entre el servicio militar obligatorio y el modelo profesional. El marco normativo de la cuestión viene dado, en cuanto a la garantía del principio de igualdad, por las Reales Ordenanzas (artículo 13), la Ley de la Carrera Militar (artículo 6) y la Ley Orgánica de Derechos y Deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas (artículo 4), siendo también digna de mención la Orden Ministerial 51/2011, que creó el Observatorio para la igualdad entre mujeres y hombres en las FAS.
Resumiendo, puede decirse contamos con un modelo ya muy consolidado, que se ha ido implantando sin distorsiones sustanciales y que ha discurrido, desde 1988, con absoluta normalidad. En definitiva, hombres y mujeres, hombro con hombro. unidos en un mismo afán, que no es otro que el superior interés de la Defensa Nacional y de España.
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