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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. El Tribunal Militar Central, ha dictado sentencia el día 17 de noviembre de 2020, por la que DESESTIMA el Recurso Contencioso-Disciplinario Militar Ordinario nº 44/19 interpuesto por el Alférez Alumno X, contra las sanciones de VEINTE DÍAS DE ARRESTO, como autor de una falta grave del apartado 2 del artículo 7 de la Ley Orgánica del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas; al igual que la de TREINTA DÍAS DE ARRESTO, ésta como autor de una falta grave, prevenida en el apartado 39 del artículo 7; las cuales le habían sido impuestas por el Excmo. Sr. General Interventor Director de la Academia Central de la Defensa en escrito de 30 de mayo de 2018, y contra la Resolución del Excmo. Sr. General Director General de Reclutamiento y de Enseñanza Militar, en escrito de 11 de febrero de 2019, por la que desestimó el Recurso de Alzada interpuesto por el Alférez Alumno contra dichas sanciones. | Resumen | Los hechos, en síntesis, consistieron en que el día 6 de octubre de 2017, mientras personal de la Academia de Defensa se encontraban en un ensayo del desfile militar del 12 de octubre, el Alférez Alumno X estaba hablando, por lo que el Teniente Coronel Jefe del Batallón de Alumnos le dijo que se callara; le preguntó si le había oído y el Alférez contestó “sí”, ante un corrector “sí mi Teniente Coronel”, el Alférez Alumno volvió a responder “sí”, por lo que el Teniente Coronel le ordenó que saliera de formación.
El Tcol. llamó al Subteniente, y ordenó al Alférez Alumno que entregara el fusil a este, negándose a hacerlo por dos veces, y haciéndolo a la tercera.
El Tcol. le dijo al Alférez Alumno que estaba arrestado cautelarmente 48 horas, y le preguntó por dos veces si se había enterado, a lo que este, respondió que no.
El Alférez Alumno se fue de fin de semana, y no se presentó en la Academia hasta el lunes.
Alega el demandante, en su defensa, infracción del principio de presunción de inocencia, y del de legalidad en su manifestación de tipicidad, alegaciones que no son tenidas en cuenta por el Tribunal, que, en consecuencia, desestima el recurso, y confirma las resoluciones recurridas
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