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Jurídica Militar]
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TRIBUNAL MILITAR CENTRAL. Examen de los principios de "Legalidad", Non bis in idem" y "proporcionalidad". | Resumen | El Tribunal Militar central ha dictado sentencia el 28 de Septiembre de 2005 por la que desestima el recurso contencioso-disciplinario militar ordinario interpuesto por el Sargento de la Guardia Civil D. Victor Manuel G. contra la resolución del Excmo. Sr. General Jefe de la zona de Cataluña de 9 de Junio de 1998, dictada en el expediente disciplinario núm 246/03, por la que se impuso al encartado la sanción de pérdida de dies días de haberes, como autor de la falta grave de "ser condenado por un juez o tribunal de cualquier jurisdicción, mediante sentencia firme dictada en aplicación de normas distintas de las contenidas en el código penal militar, a cualquier pena leve como autor de falta penal dolosa, siempre que afecte al decoro de la institución", prevista en el artículo 8, número 26 de la L.O. 11/1991, de 17 de Junio, del régimen disciplinario de la Guardia Civil. El sargento P.G. había sido condenado por el juzgado de instrucción nº 1 de Orgaz, declarándose como hechos probados, los siguientes: "El día 4 de agosto de 2.001, sobre las 20:30 horas D.José Manuel , se encontraba en la celebraciónde una boda en el salón de bodas El Coto, de la localidad de Urda, cuando en un determinado momento, acudió en compañía de otros amigos a los servicios de dicho establecimiento, encontrándose allí con D. Victor Manuel P.G., guardia civil de profesión, pero que en ese momento no se encontraba de servicio. Y como quiera que Víctor Manuel requirió a Jose manuel y a sus amigos para que acabaran pronto, Jose Manuel le dijo a Victor Manuel que iba un poco bebido, a lo que Victor Manuel respondió diciéndole que le iba a dar un puñetazo, procediendo a continuación a golpear a Jose Manuel en la cara, dándle dos puñetazos, y al intentar Jose Manuel razonar con Victor Manuel para que se calmara, Victor Manuel volvió a agarrar del cuello a Jose Manuel hasta colocarle contra la pared para inmovilizarle, hasta que finalmente la discusión terminó ambos abandonaron el lugar. A consecuencia de la agresión Jose Manuel sufrió contusión nasal con sangrado nasal, contusión en pómulo izquierdo y contusión cervical. Lesiones que precisaron para su sanidad una primera asistencia facultativa, y de las el lesionado tardó en curar 7 días, durante 2 de los cuales estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales". | texto publicado volver | |