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El Sr. Nabiel Peter Bogendorff von Wolffersdorff, nacido en Alemania en 1963, adquirió, durante su permanencia en Gran Bretaña entre 2001 y 2005, además de su nacionalidad alemana, la nacionalidad británica y cambió sus nombres y su apellido, de manera que pasó a llamarse Peter Mark Emanuel Graf von Wolffersdorff Freiherr von Bogendorff. «Graf» y «Freiherr» significan respectivamente «conde» y «barón» en alemán. A su regreso a Alemania, solicitó a la Oficina del Registro Civil de la ciudad de Karlsruhe (Alemania) que hiciera constar ese cambio e inscribiera en los registros sus nuevos nombres y apellido adquiridos en virtud del Derecho británico. Tras la denegación de esta solicitud por parte de la mencionada Oficina, el Sr. Bogendorff von Wolffersdorff recurrió ante el Amtsgericht Karlsruhe (Tribunal Civil y Penal de Karlsruhe), que pregunta al Tribunal de Justicia si el Derecho de la Unión se opone a esta denegación de reconocimiento.
Mediante su sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia estima que la negativa de las autoridades de un Estado miembro a reconocer los nombres y el apellido de un nacional de ese Estado miembro, tal como se determinan y se hallan inscritos en otro Estado miembro cuya nacionalidad también posee, constituye una restricción de la libertad de circulación de los ciudadanos de la Unión.
En este caso, debido a la diversidad de sus apellidos, el Sr. Bogendorff von Wolffersdorff corre el riesgo de tener que disipar dudas sobre su identidad. En efecto, mientras que, según el Registro Civil alemán y los documentos de identidad alemanes, se llama «Nabiel Peter Bogendorff von Wolffersdorff», su pasaporte y su permiso de conducir británicos lo identifican como «Peter Mark Emanuel Graf von Wolffersdorff Freiherr von Bogendorff». Además, el Sr. Bogendorff von Wolffersdorff corre el riesgo de enfrentarse a dificultades para justificar sus vínculos familiares con su hija menor de edad, cuyos nombres y apellido, tanto en su pasaporte británico como en su pasaporte alemán, son Larissa Xenia Gräfin von Wolffersdorff Freiin von Bogendorff.
No obstante, dado que la Constitución de Weimar de 1919 abolió en Alemania los privilegios y los títulos nobiliarios y prohibió la creación de títulos que ofrecieran la apariencia de un origen nobiliario, con el fin de garantizar la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos alemanes, el Tribunal de Justicia considera que tal restricción podría estar justificada por consideraciones de orden público.
A este respecto, el Tribunal de Justicia señala que, si bien los títulos nobiliarios existentes antes de la República de Weimar han sido abolidos en cuanto tales, se han mantenido como elementos del apellido, de modo que sigue habiendo ciudadanos alemanes cuyo apellido contiene elementos correspondientes a antiguos títulos. Sin embargo, sería contrario a la intención del legislador alemán que los nacionales alemanes, utilizando el Derecho de otro Estado miembro, adoptaran de nuevo los títulos nobiliarios abolidos. Un reconocimiento sistemático de los cambios de apellido como el examinado en este caso podría conducir a ese resultado.
Por consiguiente, el Tribunal de Justicia responde al Amtsgericht Karlsruhe que, cuando el nacional de un Estado miembro también posee la nacionalidad de otro Estado miembro en el que ha adquirido un apellido libremente elegido por él y que contiene varios elementos nobiliarios no admitidos por el Derecho del primer Estado miembro, las autoridades de ese primer Estado no están obligadas a reconocer dicho apellido, si se demuestra —circunstancia que corresponde comprobar al Amtsgericht—, que, en ese contexto, la citada denegación de reconocimiento está justificada por motivos de orden público, por cuanto resulta apropiada y necesaria para garantizar el respeto del principio de igualdad ante la ley de todos los ciudadanos del Estado miembro en cuestión.
Al efectuar esta ponderación de los diversos intereses legítimos, el Amtsgericht habrá de tomar en consideración el hecho de que i) el Sr. Bogendorff von Wolffersdorff ejerció su derecho a la libre circulación y posee la doble nacionalidad alemana y británica; ii) que los elementos del apellido adquiridos en el Reino Unido y supuestamente contrarios al orden público alemán no constituyen formalmente títulos nobiliarios ni en Alemania ni en el Reino Unido; y iii) que el Oberlandesgericht Dresden no consideró que la inscripción del apellido de la hija del Sr. Bogendorff von Wolffersdorff fuera contraria al orden público.
Por otro lado, el Amtsgericht deberá tomar también en consideración el hecho de que i) el cambio de apellido examinado se basa en una elección de mera conveniencia personal del Sr. Bogendorff von Wolffersdorff; ii) que la divergencia de apellidos resultante no es imputable ni a las circunstancias del nacimiento del Sr. Bogendorff von Wolffersdorff, ni a una adopción, ni a la adquisición de la nacionalidad británica; y iii) que el apellido elegido en el Reino Unido contiene elementos que, sin constituir formalmente títulos nobiliarios en Alemania o en el Reino Unido, confieren la apariencia de un origen nobiliario.
El Tribunal de Justicia subraya asimismo que, en cualquier caso, el orden público y el principio de igualdad ante la ley de los nacionales alemanes no pueden justificar la negativa a reconocer el cambio de nombres de pila del Sr. Bogendorff von Wolffersdorff.
NOTA: La remisión prejudicial permite que los tribunales de los Estados miembros, en el contexto de un litigio del que estén conociendo, interroguen al Tribunal de Justicia acerca de la interpretación del Derecho de la Unión o sobre la validez de un acto de la Unión. El Tribunal de Justicia no resuelve el litigio nacional, y es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia. Dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar.
Recibió al nacer el nombre de «Nabiel» y el apellido «Bagadi». Tras un procedimiento administrativo de cambio de nombre, pasó a tener los nombres y el apellido Nabiel Peter Bogendorff. Posteriormente, mediante adopción, recibió los nombres y el apellido Nabiel Peter Bogendorff von Wolffersdorff.
Ese cambio se efectuó, conforme al Derecho británico, mediante declaración («deed poll») ante los servicios de la Supreme Court of England and Wales (Tribunal Supremo de Inglaterra y País de Gales, Reino Unido), seguida de una publicación en The London Gazette.
«Peter Mark Emanuel» son los nombres; «Graf von Wolffersdorff Freiherr von Bogendorff», el apellido.
La hija del Sr. Bogendorff von Wolffersdorff nació en Alemania en 2006 y también tiene la doble nacionalidad. En 2011, el Oberlandesgericht Dresden (Tribunal Superior Regional Civil y Penal de Dresde) ordenó a la Oficina del Registro Civil de la ciudad de Chemnitz inscribir en dicho Registro el apellido que figuraba en la partida de nacimiento emitida por las autoridades consulares británicas en Düsseldorf.
La disposición en cuestión sigue vigente en virtud de la Ley Fundamental de la República Federal de Alemania de 1949, y tiene el rango de ley federal ordinaria dentro de la jerarquía de normas.
En cambio, según el Tribunal de Justicia, ni los principios de fijeza y de continuidad del apellido, ni el mero hecho de que el cambio de apellido se haya producido a iniciativa del Sr. Bogendorff von Wolffersdorff, ni tampoco el objetivo de evitar los apellidos de una longitud desproporcionada o demasiado complejos pueden justificar la denegación de reconocimiento.
Para el supuesto de nacimiento y residencia en otro Estado miembro, véase la sentencia del Tribunal de Justicia de 14 de octubre de 2008, Grunkin y Paul (C-353/06, véase el CP n.º 71/08).
Ese caso fue objeto de la sentencia del Tribunal de Justicia de 22 de octubre de 2010, Sayn-Wittgenstein (C‑208/09, véase el CP n.º 125/10). No obstante, dicho asunto se refería al ordenamiento jurídico austriaco, el cual, a diferencia del ordenamiento jurídico alemán, contiene una estricta prohibición de mantener los títulos nobiliarios.
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